Boletín Nº 90
La reglamentación de Ley de Parto Humanizado dará lugar a mejores prácticas. El rol de la formación continua y la revisión crítica de las prestaciones de parte de los profesionales de la salud.
“Doctores: Estos resultados ya exceden el ámbito exclusivo de la medicina. Consideramos que son derechos de las personas”. Eso me dijo la presidenta de la Comisión de la Mujer en la Cámara de Senadores de Uruguay hace más de 10 años, cuando -junto a otros colegas- me acerqué hasta ese órgano de gobierno para difundir que ciertas prácticas obstétricas basadas en evidencia producen importantes beneficios en la salud de madres y niños. Entonces surgió la ley uruguaya que reglamentó que las mujeres tienen derecho a estar acompañadas durante el trabajo de parto y el parto.
La defensa de sus derechos antes, durante y después del parto se trasladó luego a Argentina y, en 2004, se sancionó la Ley de Parto Humanizado (N°25.929). Esa ley, que fue reglamentada en octubre de 2015, constituye un importante logro para las mujeres en particular y para sociedad en su conjunto.
Quienes nos dedicamos a la investigación en salud ya sabíamos que el parto humanizado era una práctica avalada por la revisión Cochrane, que analizó diversos ensayos clínicos aleatorizados y demostró beneficios en las mujeres que lo recibieron en relación con grupos control de madres que no tuvieron acompañamiento durante sus trabajos de parto y partos. Nosotros ya sabíamos que entre esos beneficios estaba un menor número de episiotomías; una disminución en el uso de drogas; el acortamiento de la duración de los partos; el aumento en la satisfacción materna y mejores puntuaciones en el Apgar neonatal.
A la luz de la evidencia científica, los involucrados en la atención en salud tenemos la obligación de incorporar las mejores prácticas de atención basadas en investigaciones. Además, debemos tener la ductilidad de abandonar aquellas prácticas que han mostrado no ser beneficiosas y que, incluso, pueden ser perjudiciales. Por eso:
- Todos los hospitales deben permitir que las mujeres sean acompañadas por una persona que ellas designen y, en caso de no tenerla, se la tienen que proveer.
- La práctica rutinaria de la episiotomía debe ser abandonada, ya que la evidencia muestra que no representa ningún beneficio. Por el contrario, produce más disconfort y complicaciones.
- Se debe propiciar el contacto precoz entre la madre y su hijo inmediatamente luego del parto, por sus beneficios comprobados en la lactancia y la relación madre-hijo.
- Se debe lograr que el control del embarazo y del parto sea realizado por el mismo personal donde las parteras han mostrado beneficios en dicho cuidado.
- Se debe tener una mente abierta para interactuar con los padres y las madres. Tenemos que escuchar sus preferencias y adecuar nuestra práctica a las mismas. El parto en el agua, por ejemplo, puede generar mayor satisfacción materna y se ha demostrado que no existen efectos deletéreos de la misma. Asimismo, dados los beneficios demostrados de la deambulación y la posición parada durante el trabajo de parto, se debe informar esos beneficios a las madres y padres y permitir que la mujer adopte la posición que desee, sin imponerle ninguna.
- Se debe proscribir la administración rutinaria de goteos endovenosos y la administración de ocitocina cuando no existe una indicación precisa.
- No hay justificación científica para restringir la ingesta de líquidos y alimentos durante el trabajo de parto en mujeres de bajo riesgo.
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Estos ejemplos muestran que es necesario que los proveedores de salud tengan una continua actualización sobre sus prácticas y dediquen horas al estudio y a la revisión crítica de sus prestaciones. Sólo así podremos brindar una mejor y más humanitaria atención a quienes nos confían el cuidado de su salud.
Por Dr. José Belizán, médico obstetra, doctor en medicina e investigador senior del Departamento de Investigación en Salud de la Madre y el Niño del IECS.